Patrones deberán pagar aguinaldo antes del 20 de diciembre: Gabriel Olivas

POR: DAMARIS POLLORENA

El Delegado de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en la Zona Norte de Sinaloa Gabriel Olivas  precisó que el monto es, por lo menos de 15 días de salario.

La Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 87-. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

El pago de aguinaldo les corresponde a las y los trabajadores, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.

Procuraduría de la Defensa del Trabajo en la Zona Norte de Sinaloa, brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.

El Delegado de la dirección del trabajo indicó que, si el empleado no tiene el año completo en la empresa o lugar de trabajo, deberá recibir lo proporcional, pero que de ninguna manera debe de negársele dicha prestación.